Vázquez Pastor Jiménez, Lucía2025-01-082025-01-082017Actualidad civil, ISSN 0213-7100, Nº 4, 2017, págs. 1-20.0213-7100https://hdl.handle.net/10433/22232El presente artículo se realiza en el marco del Proyecto de Investigación: Proyecto I+D+i "La construcción del Interés Superior del Menor desde una perspectiva jurídica y psicosocial. Hacia una visión integradora a la luz de la Ley Orgánica 8/2015", (DER2017-88049-P).La entrada en vigor de la Ley 26/2015 ha supuesto la incorporación a nuestro Derecho de la denominada adopción abierta, en virtud de la cual el menor adoptado puede mantener con algún miembro de su familia biológica alguna forma de relación o contacto, una vez constituida la adopción. Sin embargo, el análisis de su régimen jurídico evidencia que la nueva Ley requiere de un desarrollo reglamentario que detalle la escueta regulación sobre este particular. El presente trabajo aborda la regulación de esta modalidad adoptiva en Estados Unidos y Gran Bretaña, con el fin de contribuir a un mejor conocimiento de aquélla. Sin perder de vista los principios de orden público sobre los que se articula nuestro Derecho de familia, hay ciertos aspectos de los referidos ordenamientos anglosajones que pueden ayudar a la hora de dar respuestas ante las cuestiones que suscita la nueva normativa española.esAdopción abiertaAcuerdo de contactoInterés superior del menorFamilia biologicaFamilia adoptivaLa nueva figura de la adopción abierta en el Ordenamiento jurídico español. Aproximación a la regulación de las open adoptions en el Derecho anglosajón.The new figure of open adoption in the Spanish legal system. Approach to the regulation of open adoptions in Common law.journal articlerestricted access