Vázquez Pastor Jiménez, Lucía2025-10-222025-10-222025-05Revista Crítica de Derecho Inmobiliario, número 809, 2025https://hdl.handle.net/10433/24930Proyectos de investigación Proyecto I+D+i: “Derecho contractual digital, una nueva realidad: del Código a las directivas y la revolución digital” (PID 2020- 112714GB-I00)Para que el contrato de suministro de contenidos y servicios digitales se entienda cumplido por parte del suministrador, es imprescindible que los contenidos o servicios suministrados, estén o no incorporados en bienes, cumplan una serie de requisitos subjetivos y objetivos. Son los denominados requisitos de conformidad. Partiendo de ello, cuando los contenidos o servicios suministrados no se ajustan a los citados requisitos subjetivos y objetivos que resulten aplicables, nos encontramos ante una falta de conformidad. La falta de conformidad se configura como un supuesto clave en materia de responsabilidad del empresario o suministrador. No en vano, si este suministra un contenido o servicio digital que se aparta de lo pactado, deberá responder frente a las medidas correctoras o remedios legales que solicite el consumidor. Concretamente, son tres las medidas que se prevén ante una falta de conformidad en este tipo de contratos: la subsanación o puesta en conformidad, la reducción del precio y la resolución del contrato. Tales remedios no son nuevos, pero lo cierto es que presentan una serie de particularidades, toda vez que se han regulado exclusivamente para los contenidos y servicios digitales. Por esta razón constituyen objeto de análisis en el presente trabajo.esSuministro de contenidos y servicios digitalesRequisitos de conformidadFalta de conformidadSubsanaciónPuesta en conformidadReducción del precioResolución del contratoSuspensión del pago del precioIndemnización de daños y perjuiciosGarantía por falta de conformidad de los contenidos y servicios digitalesWarranty for non-conformity of digital content and servicesjournal articlerestricted access