%0 Book Section %T Whistleblowing anónimo y compliance penal tras la aprobación de la Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos personales y de garantía de los derechos digitales: una decisión político criminal a revisar publisher Aranzadi %D 2019 %U 9788413090900 %@ https://hdl.handle.net/10433/22542 %X En este trabajo se analiza como la introducción de los canales de denuncia anónima en los denominados compliance de las personas jurídicas ha tensionado derechos fundamentales reconocidos en nuestra constitución. Así, no solo lo ha hecho con el derecho fundamental a la protección de datos personales de las personas denunciadas mediante dichos canales, que verían como sus datos se utilizarían sin su consentimiento y de forma innecesaria, ya que podría garantizarse el derecho a no sufrir represalias del denunciante mediante el uso de canales menos intrusivos en los derechos del denunciado, como los confidenciales, sino que, además, también tendría que soportar una significativa merma de sus derechos procesales en el ámbito penal en caso de que lo denunciando anónimamente se llegase a incorporar en dicha clase de procedimientos incluso mediante denuncias. Todo ello lleva a cuestionar la compatibilidad de dichos canales, importados de sistemas como el norteamericano, con nuestro ordenamiento constitucional y a considerar improcedente su aplicación en el ámbito de los modelos preventivos de los que habla el sistema de responsabilidad penal de las personas jurídicas. %K Canal de denuncia interna %K Compliance %K Protección de datos personales %K Proporcionalidad %K Derecho a la defensa %K Denuncia falsa %K Principio de contradicción %~