RT Book, Section T1 Flexibilidad laboral y protección social A1 García Muñoz, Manuel K1 Flexiseguridad K1 Redución temporal de jornada K1 Suspensión de contrato K1 Despido colectivo K1 Formación K1 Desempleo AB La evolución de la configuración legal del procedimiento de regulación de empleo temporal y definitivo, probablemente, constituya una de las manifestaciones más significativas de la flexiseguridad, no solo por las reglas que intentan aportar medidas, por un lado, de flexibilidad a las empresas en situaciones de dificultad económica o modificaciones importantes de carácter técnico, organizativo o de producción, fuerza mayor o circunstancia macroeconómica general o en un determinado sector o sectores de actividad de cambios permanentes que precisen procesos de recualificación o transformación profesional, y, por otro, de seguridad para las personas trabajadoras afectadas por estas medidas, sino por la interacción entre ellas. Las reformas introducidas durante casi los últimos treinta años e impulsadas por la crisis financiera de 2008 y por la situación de emergencia sanitaria por Covid-19 se han orientado en esta doble línea, incluso, con transformaciones sustanciales en los presupuestos y el procedimiento para su adopción, como sucedió en 2012, mediante la supresión de la necesidad de realizar una proyección de futuro sobre su resultado y de la autorización administrativa hasta entonces requerida, así como por la incorporación de nuevas acciones sociales de acompañamiento, como, entre otras, para incrementar la formación y empleabilidad de las personas trabajadoras afectadas por estos procedimientos y de especialidades en algunas de las existentes, como en las prestaciones por desempleo, para la mejora de la protección. Consecuentemente, se han inclinado, sobre esta base, como es lógico, a favorecer, antes que las medidas de carácter definitivo, las de carácter temporal, menos drásticas y reversibles, priorizándose en estas últimas la reducción de jornada sobre la suspensión de contrato. Así se trasluce no solo del plano teórico, sino igualmente del aplicado, como muestran las estadísticas correspondientes a los años inmediatos anteriores a 2008 y a partir de esta fecha, en las que se puede observar una diferencia significativa en el número de procedimientos entre estas y aquellas, en las que, seguramente, han podido influir, en mayor o menor parte, esta evolución. PB Monografías de Temas Laborales, 67 SN 978-84-09-66349-1 YR 2024 FD 2024 LK https://hdl.handle.net/10433/25821 UL https://hdl.handle.net/10433/25821 LA es NO Necesidades empresariales y tutelas laborales XLI Jornadas universitarias andaluzas de derecho del trabajo y relaciones laborales NO Universidad Pablo de Olavide. Departamento de Derecho Privado DS RIO RD May 8, 2026