RT Journal Article T1 La visión del TJUE sobre el “accidente aéreo” como presupuesto de la responsabilidad por daños personales ¿Para cuándo su supresión? A1 Guerrero Lebrón, María Jesús K1 Responsabilidad del transportista aéreo K1 Accidente K1 Lesiones K1 Muerte K1 Turbulencias K1 Terrorismo K1 Altercados entre pasajeros K1 Enfermedades K1 Convenio de Varsovia K1 Convenio de Montreal AB El art. 17 CM no contiene una definición de accidente, a pesar de que es una presunción para hacer nacer la responsabilidad del transportista. Hemos revisado la tipología que planteamos hace quince años para actualizarla con nuevos pronunciamientos judiciales y, particularmente, haciendo mención a la sentencia de 19 diciembre de 2019 del Tribunal de Justicia Europeo. Nuestra propuesta es suprimir el requisito de accidente, que es una anomalía en el ámbito de la responsabilidad civil. Tal modificación normativa podría entenderse respaldada por el pronunciamiento del TJUE. En nuestra opinión, no rompería el equilibrio de intereses que el Convenio trata de preservar, pues no implicaría cambios significativos en su aplicación. PB Aranzadi SN 1139-7179 YR 2020 FD 2020-05 LK https://hdl.handle.net/10433/25021 UL https://hdl.handle.net/10433/25021 LA es NO Revista Aranzadi de derecho patrimonial, ISSN 1139-7179, Nº 52, 2020 NO Derecho privado DS RIO RD May 7, 2026