%0 Journal Article %A Botello Hermosa, Pedro Ignacio %T Facultades del acreedor para velar por la conservación del patrimonio del deudor %D 2017 %U https://hdl.handle.net/10433/20313 %X En nuestro Ordenamiento jurídico, el deudor responde sus deudas frente al acreedor con todo su patrimonio, el cual se compone de todos susbienes (derechos y acciones). Al acreedor, por su parte, le interesa que el patrimonio del deudor no se vea perjudicado y disminuido, bien porque el deudordecide no hacer uso de algún derecho que le pueda reportar bienes, o bien porqueel deudor transmita a terceras personas, tanto a título gratuito como a títulooneroso, créditos o bienes con la clara intención de no hacer frente al derechode crédito al que queda obligado. Por todo ello, el presente artículo trata de lastres acciones que el Ordenamiento jurídico español otorga al acreedor para queintente llevar a cabo su crédito, como son la acción directa, la acción subrogatoriay la acción revocatoria o pauliana. %K Deudor %K Acreedor %K Acciones %K Crédito %~